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Nueva ley de telecomunicaciones y radiodifusión en México: Avances y riesgos para la libertad de expresión

Periodistas Unidos. Ciudad de México. 25 de abril de 2025.- El Senado de la República analiza un dictamen de las Comisiones Unidas de Radio, Televisión y Cinematografía, Comunicaciones y Transportes, y Estudios Legislativos sobre la iniciativa para expedir la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. Esta propuesta, que abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de 2014, busca modernizar la regulación del sector, pero genera un debate intenso sobre sus implicaciones para la libertad de expresión en México. A continuación, se detallan los pros y contras de esta iniciativa en materia de libertad de expresión, un derecho consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución.

Beneficios para la Libertad de Expresión

Riesgos para la Libertad de Expresión

Alertas de R3D: Amenazas a la Libertad de Expresión y Privacidad

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) ha expresado serias preocupaciones sobre dos disposiciones específicas de la ley que amenazan derechos fundamentales:

Bloqueo de Plataformas Digitales sin Orden Judicial

El artículo 109 faculta a la Agencia a bloquear plataformas digitales enteras a solicitud de “autoridades competentes” –sin definirlas– por incumplimiento de normativas. R3D advierte que esta medida, comparable al cierre de una estación de radio o televisión, podría implementarse sin orden judicial, violando la prohibición de censura previa establecida en la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, delegar a la Agencia la definición de procedimientos para estos bloqueos contraviene los estándares internacionales, que exigen que las restricciones a la libertad de expresión sean claras, precisas y establecidas por el Congreso, con criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.

Resurrección de un Registro de Usuarios Similar al PANAUT

El artículo 8, fracción LXV permite a la Agencia crear un registro obligatorio de usuarios de servicios de telecomunicaciones, sin especificar su finalidad ni los datos a recolectar. Este registro recuerda al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), declarado inconstitucional en 2022 por la Suprema Corte por violar la privacidad y la protección de datos. R3D señala que la vaguedad de la disposición y la falta de límites claros sobre el acceso de las autoridades a este registro generan riesgos de vigilancia masiva y uso indebido de datos personales, especialmente en un contexto donde otras iniciativas legislativas también proponen bases de datos similares.

Un Llamado Urgente al Senado

R3D urge al Senado a reconsiderar estas disposiciones para alinear la ley con los estándares constitucionales e internacionales de derechos humanos. La organización enfatiza que las restricciones a la libertad de expresión deben ser excepcionales y claramente definidas, y que medidas como el registro de usuarios deben respetar precedentes judiciales que protegen la privacidad.

Expertos y organizaciones de la sociedad civil han instado al Congreso a garantizar transparencia, rendición de cuentas y participación ciudadana en la implementación de la ley. También se recomienda establecer criterios precisos para sanciones, fortalecer la protección contra la censura digital y asegurar la independencia de la Agencia para evitar injerencias políticas.

El dictamen será debatido en el Pleno del Senado, en un momento crucial donde el equilibrio entre regulación, libertad de expresión y privacidad definirá el futuro del entorno digital y mediático en México.

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