SCJN garantiza protección al periodismo y validez de denuncia ciudadana en casos de agresiones a comunicadores

AMEXI. Ciudad de México. 28 de enero de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que las denuncias ciudadanas presentadas por particulares en defensa del derecho a la libertad de expresión y el ejercicio periodístico son plenamente válidas y deben ser investigadas por las autoridades competentes, incluso cuando el agraviado directo no interponga la queja.

En la sentencia del amparo en revisión 159/2025, el Pleno de la Corte determinó que la denuncia ciudadana es un mecanismo legítimo de control social y de garantía de derechos fundamentales, reconocido en el artículo 8 constitucional y en tratados internacionales. El fallo establece que negar trámite o investigación a una denuncia presentada por un tercero en casos de agresiones a periodistas o defensores de derechos humanos viola el principio de progresividad de los derechos y el acceso efectivo a la justicia.

El caso surgió de una denuncia ciudadana interpuesta en 2023 contra agresiones a periodistas en Nuevo León, que fue desechada por la Fiscalía estatal argumentando falta de legitimación del denunciante. La SCJN revocó esa decisión y ordenó reponer el procedimiento, señalando que “la sociedad tiene interés legítimo en la protección del periodismo como pilar de la democracia, y cualquier ciudadano puede activar el sistema de justicia penal cuando se vulneren derechos colectivos”.

El ministro Alberto Pérez Dayán, ponente del proyecto, enfatizó: “Proteger al periodismo no es un privilegio de los comunicadores, sino una obligación del Estado hacia toda la sociedad. La denuncia ciudadana es una herramienta esencial para combatir la impunidad y garantizar que las agresiones no queden en la oscuridad”.

La sentencia también ordena a la Fiscalía General de la República (FGR) y fiscalías locales aplicar con perspectiva de género y de libertad de expresión en investigaciones de este tipo, y activar de inmediato el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas cuando exista riesgo inminente, sin exigir que la víctima lo solicite personalmente.