Periodistas Unidos. Ciudad de México. 19 de octubre de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó este lunes revisar la anulación del fallo que había absuelto a los acusados por el ataque con ácido cometido en contra de la saxofonista y activista oaxaqueña María Elena Ríos. El máximo tribunal del país determinó por mayoría asumir la facultad de atracción a propuesta de la ministra Loretta Ortiz Ahlf y del ministro presidente Hugo Aguilar.
La determinación del pleno no implica la culpabilidad de los procesados ni ordena de manera inmediata un nuevo juicio, sino que se enfocará en definir los alcances procesales del expediente. El análisis jurídico se centrara en determinar si un juez sustituto tiene la facultad legal para dejar sin efecto una resolución absolutoria dictada por un juzgador saliente y ordenar la reposición del procedimiento.
El origen de la controversia se remonta a agosto de 2024, cuando el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió del delito de tentativa de feminicidio a Juan Antonio Vera Carrizal, exdiputado local y expareja de la víctima, así como a otros dos acusados. Tras la suspensión de dicho juzgador antes de la firma de la sentencia, la jueza sustituta María Antonia Esteva Domínguez anuló la absolución argumentando que no presenció el desarrollo de las audiencias.
Durante la sesión, la ministra Loretta Ortiz destacó que el asunto reúne criterios de interés superior y trascendencia al enmarcarse en un contexto de extrema violencia feminicida. Subrayó que el criterio que defina la Corte sentará las bases respecto a la seguridad jurídica, el debido proceso y las garantías de acceso a la justicia para las mujeres víctimas de agresiones con sustancias químicas o corrosivas.
María Elena Ríos sufrió el ataque con ácido el 9 de septiembre de 2019 en Huajuapan de León, Oaxaca. La activista impulsó posteriormente la llamada Ley Malena, aprobada en la Ciudad de México y réplica de reformas federales destinadas a tipificar y sancionar de forma específica la violencia ácida en el territorio nacional. Vera Carrizal permanece bajo la medida de prisión preventiva desde su detención en 2020.
Con la admisión del recurso por parte de la SCJN, los ministros analizarán los amparos interpuestos por la defensa de los imputados. El fallo definitivo establecerá un precedente obligatorio en el sistema de justicia penal sobre las facultades de los juzgadores sustitutos frente a resoluciones que involucran violaciones graves a los derechos humanos de las víctimas.

