Detención arbitraria en el AIFA evidencia abuso de autoridad contra persona con autorización legal para portar cannabis

Por Ángeles Ortiz

Periodistas Unidos. Ciudad de México. 23 de julio de 2025.- En un grave caso de abuso de autoridad, una persona con autorización legal vigente emitida por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) para el uso de cannabis fue detenida arbitrariamente por elementos de la Guardia Nacional en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA). El individuo portaba 8 gramos de cannabis para uso personal, cantidad amparada por su autorización, pero fue remitido a la Fiscalía de Tultitlán, donde se le confiscó su documento oficial, fue sometido a tortura física y psicológica, y permaneció privado de su libertad durante dos días.

Este incidente constituye una violación flagrante a los derechos humanos del detenido y a las garantías establecidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desde 2015, con el caso SMART y otras resoluciones, protege el consumo personal de cannabis bajo el derecho al libre desarrollo de la personalidad. La SCJN ha determinado que actividades como la siembra, cultivo, posesión y transporte de cannabis, con la debida autorización, no son delito. Además, en junio de 2021, la Corte declaró inconstitucional la prohibición absoluta del uso lúdico o recreativo del cannabis, eliminando disposiciones de la Ley General de Salud que restringían este derecho.

A pesar de estas resoluciones, la detención arbitraria en el AIFA refleja una preocupante desconexión entre las prácticas institucionales y el marco legal vigente, criminalizando injustamente a personas usuarias que cumplen con los procedimientos establecidos. Organizaciones como Di-Sentir, que han acompañado con éxito diversos amparos relacionados con el uso de cannabis, condenan este acto y exigen respeto a las autorizaciones emitidas por COFEPRIS y a los derechos respaldados por la SCJN.

Asimismo, se hace un llamado urgente a revisar las cláusulas restrictivas e inconstitucionales incluidas en las autorizaciones de COFEPRIS, como el límite de 5 gramos para posesión, la vigencia máxima de 5 años y los requisitos inalcanzables para adquirir semillas. Estas disposiciones contradicen las sentencias de la Corte y vulneran a las personas usuarias.

Este caso representa un alarmante precedente de abuso de autoridad por parte de la Guardia Nacional y la Fiscalía del Estado de México, y subraya la necesidad de alinear las prácticas institucionales con el marco legal para garantizar los derechos de las personas usuarias de cannabis en México.