Ordena juez suspensión de corridas de toros en la Plaza México
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Cancelación temporal del coso, inaugurado hace 74 años
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La suspensión provisional es parte de un juicio de amparo promovido por la organización civil Justicia Justa
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Solicitó la protección de la justicia federal al considerar que al autorizar los espectáculos taurinos las autoridades capitalinas incurren en la omisión de cumplir y observar la Ley
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Y que incluye una Vida Libre de Violencia de la CDMX
Periodistas Unidos/Balón Cuadrado/Agencias. Ciudad de México. 29 de mayo de 2022.- La justicia federal concedió una suspensión provisional para que se suspendan de inmediato, los espectáculos taurinos en la alcaldía Benito Juárez en la Ciudad de México, así como el otorgamiento de permisos para realizar dichos actos. Por ello, se suspende temporalmente la llamada fiesta brava en la Plaza de Toros México, inaugurada el 6 de febrero de 1946.
El juzgado primero de distrito en materia administrativa con sede en la Ciudad de México determinó requerir a las autoridades responsables un informe en las siguientes 48 horas, en el cual expresen si son o no ciertos los actos reclamados que se les atribuyen y podrán expresar las razones que estimen pertinentes sobre la procedencia o improcedencia de la suspensión.
Desde 2016 la empresa Tauroplaza México, propiedad del fallecido empresario Alberto Baillères, administraría el coso de Insurgentes junto con el ganadero Javier Soto, de la ganadería Xajay.
La suspensión provisional es parte de un juicio de amparo promovido por la organización civil Justicia Justa, quien solicitó la protección de la justicia federal al considerar que al autorizar los espectáculos taurinos las autoridades capitalinas incurren en la omisión de cumplir y observar la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, así como la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México.
En su resolución, el juez Jonathan Bass Herrera, argumentó que las autoridades tendrán obligación de proporcionar los datos que tengan a su alcance que permitan al órgano establecer, en su caso, el monto de las garantías correspondientes.
Estableció que el 2 de junio a poco después de las nueve de la mañana celebrará la audiencia incidental, a la cual podrán comparecer las partes, así como ofrecer pruebas documentales y de inspección judicial que se hubieran realizado para determinar si concede la suspensión definitiva.
Lo cual no significa, aclaró, la cancelación de las corridas de toros, sino la posibilidad de suspender por tiempo indefinido estos espectáculos hasta que un tribunal determine si es procedente o no el fondo de la demanda.