Periodistas Unidos. Ciudad de México. 15 de noviembre de 2024.- La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo firmó este viernes el Decreto Constitucional para la Igualdad Social Sustantiva de las Mujeres, con lo cual se garantizan los derechos de las mujeres en la Constitución.
El decreto sobre la igualdad sustantiva de las mujeres entrará en vigor una vez que se publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Este documento consiste en reformas a siete artículos constitucionales en materia de igualdad sustantiva de las mujeres y combate a las violencias, que fueron aprobadas por el Senado el 24 de octubre y por la Cámara de Diputados el 5 de noviembre, así como por 26 Congresos locales.
Las modificaciones son a los artículos 4, 21, 41, 73, 116, 112 y 123 de la Constitución.
¿En qué consisten las reformas?
- Igualdad en el acceso a derechos y oportunidades para todas las mujeres (Igualdad sustantiva de las mujeres)
- Derecho a vivir una vida libre de violencias con deberes reforzados del Estado mexicano para garantizar la protección de las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
- Perspectiva de género tanto en materia de seguridad pública como para las y los juzgadores.
- Se faculta a autoridades federales para conocer medidas de protección para las mujeres y observar delitos del fuero común relacionados con las violencias hacia las mujeres.
- Obligatoriedad de las entidades federativas especializadas en delitos relacionados con las violencias hacia las mujeres, que se establezcan Fiscalías Especializadas en estos delitos.
- Paridad en la integración de la administración pública, no solo a nivel federal, también en gobiernos estatales y municipales.
- Erradicación de la brecha salarial de género.
Cambio en el artículo 4° constitucional
En este artículo se establece la igualdad del acceso a derechos y oportunidades y se garantiza una vida libre de violencias, con la obligatoriedad de que el Estado mexicano combata las violencias a las mujeres.
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Artículos 21 y 73
En los artículos 21 y 73 constitucionales se establece la perspectiva de género en materia de seguridad pública y de juzgadores.
Modificaciones al 116 y al 122
Con esta reforma, en los artículos 116 y 122 se establece la obligatoriedad de que en las entidades federativas existan Fiscalías Especializadas en Delitos de Violencia hacia las Mujeres.
Artículo 41, principio paritario
La modificación al artículo 41 establece la obligación de la paridad de género en los gobiernos federal, estatal y municipal.
El 123 de la Constitución
El artículo 123 indica la prohibición de la brecha salarial por razones de género.
Acompañaron a la presidenta Sheinbaum en la firma de este decreto Ernestina Godoy, consejera Jurídica del Ejecutivo Federal; Citlalli Hernández Mora, titular de la Secretaría de las Mujeres, quien hizo el recuento de esta reforma.
También la acompañaron la senadora Martha Lucía Mícher Camarena, autora de una parte de la iniciativa, y la diputada Anaís Miriam Burgos Hernández, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género.