México estima que habrá 68.000 criminales libres si se elimina prisión preventiva oficiosa
EFE. Ciudad de México. 16 de abril de 2024.- “Esta decisión impactaría en la presunta liberación de 68.000 delincuentes”, afirmó la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, durante la rueda de prensa matutina del presidente, Andrés Manuel López Obrador.
La funcionaria se refirió a la discusión de la SCJN sobre el tema, enlistada desde el 23 de enero pasado, que busca anular la prisión preventiva oficiosa, que se nieguen las órdenes de arraigo y que, en casos donde se denuncie tortura, se realice una investigación independiente.
La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar y automática que se aplica ante delitos considerados graves como violencia sexual, homicidio doloso, feminicidio o delincuencia organizada, y que puede encarcelar a un imputado sin condena previa por un plazo máximo de dos años.
Alcalde advirtió que, de eliminarse la prisión preventiva oficiosa, impactaría en la posible liberación de 11.640 acusados de homicidio, 7.150 de secuestro, 7.617 de violación, 4.013 de narcotráfico, 3.800 de portación de armamento y explosivos, 1.450 de feminicidio, 1.273 de abuso infantil y corrupción de menores, y 405 por delincuencia organizada.
“La liberación de estas personas, como hemos dicho, pondría en riesgo primero a los testigos y a las víctimas, que son las personas que los han acusado, por supuesto al personal, desde policías, personal de la Fiscalía, los propios juzgadores. Vemos un riesgo también a la población en su conjunto”, señaló Alcalde.
Sostuvo que estas posibles liberaciones resultarían en la comisión de nuevos delitos y amenazarían la seguridad nacional porque son individuos, según dijo, asociados a grupos del crimen organizado que tienen capacidad económica y operativa, y un alto riesgo de fugarse.
Señaló que esta decisión vulnera la soberanía nacional porque la discusión empezó después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) instara al Estado mexicano a reformar su marco normativo respecto al arraigo preprocesal y la prisión preventiva oficiosa.
“Ningún Estado, Gobierno, organismo o tribunal extranjero puede ordenarle a México modificar su Constitución, modificar su régimen político ni su forma de gobierno. Hacerlo sería un acto inadmisible de injerencia y a quién le toca defender nuestra Constitución precisamente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, zanjó Alcalde.
Finalmente, llamó a la SCJN a respetar la división de poderes y no excederse en sus facultades, además de considerar las “graves” consecuencias que tendría eliminar la prisión preventiva oficiosa para la seguridad nacional.
“Que valoren atacar, mejor, uno de los problemas de fondo, que es la enorme tardanza de la resoluciones de sus asuntos que hemos denunciado en este espacio en múltiples ocasiones”, concluyó.