Sorpresivo: AMLO manda dos nuevas iniciativas antes de irse, una es de armas

Por Maribel Islas

AMEXI. Ciudad de México. 18 de septiembre de 2024.-  A 12 días de concluir su administración, el presidente Andrés Manuel López Obrador se despide con dos inesperadas iniciativas de reformas: una a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y la otra a la Ley Federal de Derechos.

En la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados se dio entrada de manera sorpresiva a dichas iniciativas, y a pesar de que aún no se integran las comisiones legislativas, fueron turnadas a la de Hacienda y a la de Defensa Nacional.

Reforma a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

La primera iniciativa tiene como finalidad regular el registro y control de armas de fuego, incluso las destinadas a las actividades deportistas.

Establece que será facultad exclusiva del presidente de la República y la Sedena expedir permisos, licencias y manifestación de armas de fuego, el control y registro de las operaciones relacionadas con las mismas en el país, así como su fabricación y comercialización.

Asimismo, resalta que al momento de que particulares registren un arma, se deberá asignar a una persona que asuma la responsabilidad en caso de fallecimiento de la persona titular o en ausencia declarada; regula los calibres .357, .22” Magnum, Hornet y TCM.

Con ello, se busca otorgar certeza jurídica para la portación de armas de fuego permitidas a personas ejidatarias, comuneras, sucesoras, pequeños propietarios, avecindados, jornaleras del campo, así como pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos.

Uso de armas en actos cívicos y culturales

Establece que se expedirá un permiso que regule el control de armas para su uso en actos cívicos y culturales para representar y difundir eventos de relevancia histórica nacional; esta norma será requisito indispensable para los deportistas de tiro o cacería, justificar la posesión y transportación del arma de fuego desde su domicilio a un club de tiro o cacería acreditado ante la Sedena.

Asimismo, determina que la comercialización de cartuchos sea únicamente para las armas de fuego inscritas en el Registro Federal de Armas; amplía los supuestos de infracción a la ley a quienes posean cartuchos de uso permitido en cantidades menores a las autorizadas sin tener registro de arma que ampare su uso o contar con armas de fuego sin haberlas manifestado en el Registro Federal de Armas.

Revalidación de licencias

Además, se establecerán los periodos de un año para revalidación de licencias particulares individuales y de dos años para licencias particulares y oficiales colectivas.

Entre otros cambios, prohíbe a las empresas de seguridad privada utilizar armas de fuego cuando su licencia particular haya sido cancelada. La iniciativa fue enviada a la Comisión de Defensa.

Igualmente, se propone regular las armas de gas, aire comprimido o pistón cuyo calibre sea superior al diámetro de 5.5 mm que se utilizan en actividades deportivas, debido a los efectos causados por la munición de este tipo de armas, en algunos casos similares a las armas de fuego.

En la fundamentación de la iniciativa, señala que el incremento del tráfico ilícito de armas de fuego hacia y en nuestro país constituye un fenómeno delictivo que impacta directamente a la sociedad, circunstancia vinculada a la delincuencia organizada, a los homicidios dolosos y a otros delitos violentos.

Apunta que, de acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, entre 2015 y 2021 el delito de homicidio doloso con arma de fuego aumentó 93.96%.

Iniciativa de reforma a la Ley Federal de Derechos

En cuanto a la iniciativa sobre la Ley Federal de Derechos, propone destinar los ingresos por turismo internacional que se obtengan del documento migratorio a las empresas de participación estatal mayoritaria que están bajo la coordinación de la Sedena, entre estos algunos aeropuertos como el Felipe Ángeles.

Instruye a la empresa de participación estatal mayoritaria Tren Maya a que lleve a cabo la extinción del fideicomiso público de administración y pago sin estructura orgánica y, en caso de remanentes, transferirlos al mismo sistema aeroportuario.

Se destaca que con esta modificación al primer párrafo del artículo 218-E de la Ley Federal de Derechos, se contará con un sólo vehículo financiero en el que se destinarán dichos recursos.

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