Oaxaca ya castiga penalmente la violencia doméstica contra la mujer

Por Oscar Rodríguez. Corresponsal

Por Oscar Rodríguez. Corresponsal

AMEXI. Oaxaca, México, 04 de abril de 2024.- El pleno de la Cámara de Diputados local aprobó por unanimidad reformar el Código Penal de Oaxaca y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, para castigar hasta con 6 años de prisión y sin derecho de fianza a quien cometa el delito de violencia de pareja.

De acuerdo con el dictamen aprobado en lo general y en lo particular, con 24 votos de los legisladores presentes, con esta reforma se busca reconocer la violencia contra las mujeres por razón de género en el ámbito de pareja.

Asimismo, es para “establecer medidas para prevenir y actuar ante la violencia en el noviazgo y relaciones análogas (similares), que afecta mayoritariamente a las jóvenes”.

Esta modificación es a los artículos 8, 9 y 51 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género; así como una reforma al artículo 404 y se agrega el capítulo VII denominado “violencia de pareja” al “Título Vigésimo Segundo.

En las actualizaciones al artículo 412 Octies del Código Penal de Oaxaca, respecto al derecho a  una vida libre de violencia, quedó asentado que “la violencia de pareja es el acto abusivo de poder, dirigido a dominar, someter, controlar, humillar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial o contra los derechos sexuales a la víctima, cuyo activo tenga o haya tenido relación de noviazgo, sentimental, afectiva, íntima o de hecho equiparable”.

Además, establece que “quien cometa el delito de violencia de pareja se le impondrá de uno a seis años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.

En la adecuación también se incluye que los imputados por violencia doméstica  tendrán que someterse durante su encarcelamiento a un curso de reeducación de nueva masculinidad que tendrán que cursar para dejar la carcel.

La iniciativa de reforma presentada por la diputada Lizett Arroyo Rodríguez, refiere que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), hay una mayor prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y más a lo largo de la vida por parte de su pareja que de la violencia familiar.

“La violencia de pareja está en segundo lugar de los ámbitos o contextos de la violencia y en los últimos 12 meses en tercer lugar a diferencia del familiar, los datos que arroja son: en primer lugar, en los ámbitos comunitarios con 45.6%; en segundo lugar, el de pareja actual o última relación con 39.9%; seguidos del escolar 32.3% y laboral con 27.9%.

En tanto, la prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y en los últimos 12 meses, está en primer lugar el comunitario con 22.4%; seguido del laboral con 20.8%; el de pareja con 20,7%; el escolar con 20.2 % y finalmente el familiar con 11.4%”.

El Congreso local refirió que este contenido es de carácter informativo y se comunica con base a las fracciones III y IV del artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Transparencia y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, sin fines electorales.

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