INE ordena a AMLO modificar o eliminar conferencia del 22 de abril

AMEXI. Ciudad de México. 27 de abril de 2024.- Por unanimidad, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador eliminar o modificar los archivos de la conferencia matutina del 22 de abril alojados en plataformas electrónicas o sitios oficiales.

La resolución del INE se dio luego de discutir y votar la medida cautelar solicitada por los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) en contra del
Ejecutivo federal por la presunta vulneración a los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda, en el marco del proceso electoral en curso.

Ello, luego de las expresiones que realizó en las conferencias matutinas conocidas como “mañaneras”, de los días 18 y 22 de abril de este año.

Respecto de la primera conferencia, determinó que, desde una óptica preliminar, no se advierte peligro en la demora, o en su caso, la posibilidad de que haya afectaciones al proceso electoral en curso, pues las manifestaciones denunciadas están relacionadas con el proceso electoral de 2006.

En el caso de la segunda mañanera, se determinó procedente porque, bajo la apariencia del buen derecho, se trata de manifestaciones que pueden vulnerar los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad del proceso electoral en curso, dado que el presidente destacó las cualidades de la candidata presidencial de Morena, Claudia Sheinbaum.

En la sesión, los integrantes de la Comisión avalaron el proyecto en el sentido de reiterar al Ejecutivo federal abstenerse de hacer manifestaciones, comentarios o señalamientos sobre temas electorales en cualquier formato o modalidad, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar esté ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

También determinó que es improcedente suspender la difusión de las conferencias matutinas, pues para determinar el retiro, modificación o eliminación, es necesario analizar las particularidades en cada una.

Ello, tal y como lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en las sentencias SUP-REP-139/2019 y acumulados, y SUP-RAP-197/2024.

Respecto al uso indebido de recursos, se determinó que será un tema que analizará de fondo la Sala Regional Especializada del TEPJF.

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